Sr.Diego Carrasco Espinoza
DIRECCIÓN EJECUTIVA
XI BIENAL DE CUENCA
Sr.Carlos Rojas Reyes
DIRECCIÓN ARTÍSTICA
XI BIENAL DE CUENCA
PRESENTE.-
Quito / Guayaquil, 3 de junio 2011
Estimados miembros del comité organizador de la XI Bienal de Cuenca, antes de entrar en el tema central y objeto de esta misiva, queremos extenderles un cordial saludo tras haber recibido las invitaciones a participar en la XI Bienal de Cuenca, edición 2011, lo cual es para nosotros motivo de orgullo y satisfacción.
Con la intención de iniciar un diálogo abierto, nos permitimos exponer argumentadamente ciertas preocupaciones que hemos discutido en colectivo a partir del estudio de las nuevas normativas publicadas en la página web de la Bienal, (http://www.bienaldecuenca.org/normativa.php) y que adjuntamos a este documento.
Creemos que si uno de los objetivos de la Bienal es promover el arte ecuatoriano contemporáneo en la escena internacional, es preocupante encontrar las condiciones de participación con las que se nos ha convocado. Por consiguiente, detallamos a continuación algunos artículos de la normativa que atentan contra este objetivo y que, a su vez, ponen en duda las altas responsabilidades y profesionalismo que un evento de la magnitud e importancia de la Bienal de Cuenca requiere desde todas sus partes involucradas.
Los pasajes subrayados se proponen a consideración para su urgente cambio:
Artículo 8.- La Bienal cubrirá gastos de transportación de aquellas obras cuyo valor de envío no rebase los 300 USD.
Artículo 13.- El montaje de las obras que impliquen complejidad museográfica o extrema delicadeza en su manipulación, deberá ser ejecutado por los propios artistas "in situ". En este caso, los artistas deberán estar en Cuenca por lo menos ocho días antes del 1 de noviembre del 2011, fecha en la que el Jurado de Premiación iniciará sus deliberaciones. La Bienal facilitará, en la medida de sus posibilidades, el apoyo técnico y logístico.
Artículo 14.- La Bienal no proveerá equipos audiovisuales para obras que necesitaren de estos soportes. En consecuencia, es responsabilidad de los propios artistas o sus auspiciantes, conseguir tales equipos y trasladarlos a la ciudad de Cuenca para su instalación.
Artículo 15.- Los artistas seleccionados para realizar obras site specific visitarán la ciudad de Cuenca – en coordinación con la Bienal – al menos seis meses antes del evento, para que puedan familiarizarse con la misma, con sus espacios y realidades sociales. La Bienal de Cuenca, en acuerdo con las entidades auspiciantes de los artistas, apoyará y facilitará estas visitas, conforme a la complejidad de la propuesta y siempre de acuerdo a los recursos de los que disponga.
Artículo 16.- La Bienal no asumirá ningún gasto relacionado con la elaboración y la producción de las obras. Los compromisos de la Bienal en este sentido no irán más allá de los gastos de la infraestructura museográfica básica en los espacios convencionales internos y externos.
Artículo 24.- La Bienal no asume las siguientes responsabilidades:
Pasajes aéreos para artistas.
Hospedaje y alimentación, salvo las excepciones establecidas en esta Normativa.
La transportación de obras tridimensionales.
Los trámites de salida y retorno (desaduanización) de las obras, establecidos por las normas legales de los países de origen.
Los gastos aduaneros o de bodegaje en los países de origen.
Los gastos de embalaje.
Los seguros de transportación internacional.
Los demás casos establecidos en este reglamento.
En consecuencia, la lectura que deviene de estas normas es que el artista nacional está invitado a participar en la XI Bienal de Cuenca, pero no cuenta con el apoyo para la producción ni traslado de su obra (más allá de los $300 dólares), tampoco se ofrece transporte al invitado, ni equipos audiovisuales, ni museógrafos, etc. En tal medida, pedimos que se reformule el artículo 8, 13, 14, 16 y 24, dando mejores garantías de trabajo a los participantes y ofreciendo un profesional diseño museográfico.
Tomando en cuenta el presupuesto que se maneja proveniente de entidades públicas, especialmente del Ministerio de Cultura del Ecuador, las garantías de participación que solicitamos son:
- Presupuesto para la producción de la obra (en el caso de obras nuevas, site specific o variaciones a trabajos previos).
- 1 pasaje aéreo (ida y vuelta) desde la ciudad actual del invitado hacia Cuenca como destino final.
- Hospedaje y alimentación durante los días de montaje e inauguración de la Bienal (hasta 10 días en casos excepcionales que lo requieran)
- Transporte de la obra (ida y vuelta) independiente de su formato, tamaño y peso.
- Museógrafos capacitados para montaje y desmontaje de las obras.
- Espacios y equipos audiovisuales según los requerimientos de las obras seleccionadas.
- Embalaje y envío de las obras una vez terminada la Bienal.
- Además de las circunstancias particulares que cada artista invitado detalle en su inscripción.
- Ejecutar estas garantías por escrito y bajo firma de responsabilidad.
En base a lo aquí expuesto, hemos reflexionado que el no tener garantías mínimas y aseguradas de su parte podría afectar al óptimo desarrollo y exposición de nuestras obras como selección ecuatoriana, pudiendo incluso llegar a afectar el que sigamos participando en esta edición de la Bienal.
Por ello, siendo la mayoría de artistas ecuatorianos seleccionados los firmantes de este comunicado, esperamos que se consideren estas necesidades puntuales y nos despedimos con la expectativa de una rápida respuesta dado que nos encontramos a pocos meses de la apertura de la Bienal.
Atentamente,
Los artistas ecuatorianos seleccionados:
Anthony Arrobo
Falco (Fernando Falconí)
Illich Castillo
María José Argenzio
María Teresa Ponce
Miguel Alvear
Óscar Santillán
Paúl Rosero Contreras
Paulina León
Santiago Sojos
Stefano Rubira
Valeria Andrade
NORMATIVA DE LA XI BIENAL INTERNACIONAL DE CUENCA, ECUADOR
Artículo 1.- La Bienal de Cuenca, Ecuador, celebrará su XI edición entre el 11 de noviembre de 2011 hasta el 30 de enero de 2012.
Artículo 2.- Esta edición contará con tres curadurías:
Una primera conformada por un grupo de curadores ecuatorianos,
Una segunda responsabilidad de un experto latinoamericano,
Finalmente, una tercera curaduría encargada a un europeo.
Artículo 3.- La selección hecha por los curadores reflejará lo mejor del arte contemporáneo en nuestro continente, procurando que la muestra latinoamericana sea totalmente representativa y que se distribuya adecuadamente en la región.
Para esto cada curaduría elegirá alrededor de 17 artistas, de los cuales serán en un número aproximado de:
4 ecuatorianos
10 latinoamericanos
3 resto del mundo
Artículo 4.- De manera obligatoria se seleccionarán obras site-specific en un número máximo de 2 por curaduría.
Artículo 5.- Las obras o proyectos definitivamente aceptados, no podrán sufrir modificación parcial o total, ni cambios en los espacios museográficos asignados sin el consentimiento de la Coordinación Artística – Curaduría General de la Bienal.
Artículo 6.- El uso de imágenes, textos u otros que constituyan propiedad intelectual de terceros es de responsabilidad exclusiva de los autores de las obras participantes, quienes asumen la obligación de obtener la autorización correspondiente para su utilización.
Artículo 7.- Los artistas autorizarán a la Bienal la reproducción, fotografía, filmación y registro de las obras presentadas con fines promocionales, de documentación, edición del catálogo y otras publicaciones. En el caso de los premios-adquisición, estos pasarán a ser de uso exclusivo de la Bienal Internacional de Cuenca, y sus imágenes no podrán ser usadas ni parcial ni totalmente sin previo consentimiento de la Bienal.
Artículo 8.- La Bienal cubrirá gastos de transportación de aquellas obras cuyo valor de envío no rebase los 300 USD.
Artículo 9.- La transportación de obras hasta Cuenca deberá realizarse desde el 1 de julio hasta el 15 de septiembre de 2011. El montaje de las exposiciones se llevará a cabo a partir del 1 de septiembre 2011.
Artículo 10.- Todos los envíos estarán sujetos estrictamente al Instructivo de Transportación que la Bienal de Cuenca expedirá oportunamente para el cumplimiento de la legislación aduanera ecuatoriana.
Artículo 11.- Los espacios destinados para la instalación o exposición de las obras serán definidos por la Coordinación Artística y el equipo de museografía, de acuerdo a los proyectos presentados y a la disponibilidad de espacios internos y externos, que serán señalados como locales oficiales de exposición de la XI Bienal.
Artículo 12.- Los proyectos o propuestas de los artistas deberán señalar todos los detalles formales como: áreas verticales y horizontales necesarias para su correcta exposición, sistemas e instrucciones de montaje, tipo de iluminación, etcétera, los cuales deberán constar en la ficha de inscripción facilitada por la Bienal, además de las correspondientes instrucciones de desmontaje de las obras. En la ficha se incluirá una declaración, que deberá venir firmada por los artistas participantes, en la que manifiestan expresamente conocer y aceptar estas normativas.
Artículo 13.- El montaje de las obras que impliquen complejidad museográfica o extrema delicadeza en su manipulación, deberá ser ejecutado por los propios artistas "in situ". En este caso, los artistas deberán estar en Cuenca por lo menos ocho días antes del 1 de noviembre del 2011, fecha en la que el Jurado de Premiación iniciará sus deliberaciones. La Bienal facilitará, en la medida de sus posibilidades, el apoyo técnico y logístico.
Artículo 14.- La Bienal no proveerá equipos audiovisuales para obras que necesitaren de estos soportes. En consecuencia, es responsabilidad de los propios artistas o sus auspiciantes, conseguir tales equipos y trasladarlos a la ciudad de Cuenca para su instalación.
Artículo 15.- Los artistas seleccionados para realizar obras site specific visitarán la ciudad de Cuenca – en coordinación con la Bienal – al menos seis meses antes del evento, para que puedan familiarizarse con la misma, con sus espacios y realidades sociales. La Bienal de Cuenca, en acuerdo con las entidades auspiciantes de los artistas, apoyará y facilitará estas visitas, conforme a la complejidad de la propuesta y siempre de acuerdo a los recursos de los que disponga.
Artículo 16.- La Bienal no asumirá ningún gasto relacionado con la elaboración y la producción de las obras. Los compromisos de la Bienal en este sentido no irán más allá de los gastos de la infraestructura museográfica básica en los espacios convencionales internos y externos.
Artículo 17.- La Bienal implementará las medidas de seguridad en los espacios de exposición tanto internos como en espacios públicos.
Artículo 18.- La Bienal otorgará tres premios de la misma categoría, consistentes en USD $20.000 (veinte mil dólares) cada uno, y tres menciones sin valor económico.
Artículo 19.- La Alianza Francesa otorgará el Premio de París.
Artículo 20.- Los premios otorgados por la Bienal serán indivisibles y tendrán el carácter de adquisición.
Artículo 21.- Los premios se entregarán en el acto de clausura de la XI Bienal, esto es, el 30 de enero del 2012.
Artículo 22.- El Jurado de Premiación estará integrado por tres personalidades reconocidas internacionalmente en el ámbito de las artes visuales, una de ellas será ecuatoriana.
Artículo 23.- Se realizarán 3 catálogos registro, uno por cada curaduría, en donde se reflejarán los proyectos artísticos en el lugar en donde fueron instalados.
Disposiciones generales
Artículo 24.- La Bienal no asume las siguientes responsabilidades:
Pasajes aéreos para artistas.
Hospedaje y alimentación, salvo las excepciones establecidas en esta Normativa.
La transportación de obras tridimensionales.
Los trámites de salida y retorno (desaduanización) de las obras, establecidos por las normas legales de los países de origen.
Los gastos aduaneros o de bodegaje en los países de origen.
Los gastos de embalaje.
Los seguros de transportación internacional.
Los demás casos establecidos en este reglamento.
Artículo 25.- La importación definitiva de las obras premiadas en la Bienal quedará sujeta a las normas internas establecidas por la Bienal y los requisitos legales para su nacionalización.
Artículo 26.- Ninguna obra en exposición podrá ser retirada antes de la fecha de clausura de la XI Bienal.
Artículo 27.- Es responsabilidad solidaria de las curadurías y los artistas retirar sus obras, en un plazo no mayor de 30 días, a partir de la fecha de clausura del evento, prevista para el 30 de enero de 2012. De no cumplirse esta disposición dentro del plazo señalado, la obra se considerará en abandono. En este caso, la Bienal podrá, alternativamente y a su elección, reexportar la obra y facturar al artista los costos y gastos en los que incurra por ello; o, nacionalizar la obra en abandono y disponer de la misma, según su conveniencia.
Artículo 28.- Cualquier situación no prevista en esta Normativa será resuelta por el Comité de Gestión de la XI Bienal de Cuenca.
La presente Normativa fue aprobada por el Directorio de la Fundación Bienal Municipal en la sesión efectuada el día martes 8 de febrero de 2011.
No comments:
Post a Comment